¿Qué son y cómo funcionan?
La Formación en Centros de Trabajo (FCT) es un módulo profesional de formación obligatorio que se cursa en todos los ciclos de Formación Profesional, tanto de grado medio como de grado superior, y que se desarrolla en la empresa.
Para la Comunidad Valenciana, el módulo de Formación en Centros de Trabajo viene regulado en la Orden 77/2010 de 27 de agosto, de la Consellería de Educación.
El módulo de FCT es obligatorio, presencial, no retribuido y no tiene carácter laboral sino formativo.
El alumno está cubierto en caso de accidente por el seguro escolar y por otro seguro adicional que contrata Consellería (seguro de accidente y de responsabilidad civil).
El alumno debe contar en la empresa con un Instructor que actuará como tutor durante el desarrollo de las FCT en la Empresa y que estará en contacto directo con el Tutor del Centro Educativo.
Al finalizar el periodo de FCT, el Instructor evaluará al alumno con un APTO o NO APTO.
La duración o número de horas del módulo de FCT depende de cada ciclo, aunque suele ser aproximadamente de 400 horas.
El periodo ordinario en el que se realizan suele ser de marzo a junio, aunque depende del ciclo. Otra opción sería de septiembre a diciembre.
El número máximo de horas por jornada se ajustará a lo que marque la normativa vigente general y sectorial. No debe superar las 40 horas/semana.
Se adaptará, en la medida de lo posible, al horario laboral del centro de trabajo y con carácter general dentro del periodo comprendido entre las 6:00 y las 22:00.
¿Cuál es su duración y el período de realización?
La duración del módulo de FCT será el que se determine en la normativa reguladora vigente de los currículos de los diferentes ciclos formativos. Con carácter general, la duración es:
- Ciclos Formativos de Grado MEDIO: 380 Horas.
- Ciclos Formativos de Grado SUPERIOR: 400 horas.
El módulo de FCT se realizará, con carácter general, en calendario escolar lectivo y se desarrollará preferentemente en los dos periodos lectivos siguientes:
- Primer periodo: De Marzo a Junio.
- Segundo periodo: De septiembre a diciembre.
¿Cómo solicitar alumnos en prácticas?
Información importante
- El horario a realizar en la empresa se pactará entre ésta y el tutor del centro educativo.
- Si por cualquier circunstancia, siempre justificada, el alumno/a tiene que faltar a su centro de trabajo, debe comunicarlo al tutor/a y al instructor/a de la empresa.
- Las ausencias al centro de trabajo deberán ser justificadas, en la forma correspondiente, tanto en la empresa como en el centro educativo.
- El alumno deberá utilizar una vestimenta igual o similar a la que la empresa tenga establecida para sus trabajadores/as, así como el equipo de protección individual que requiera su puesto formativo. Ambos deberán ser proporcionados por la empresa.
- En ningún caso el alumno estará obligado ni deberá realizar actividades formativo-productivas sin el equipo de protección individual que se requiera para ello.
- El alumno deberá cumplir con todas las normas de seguridad y salud en el trabajo correspondientes a su puesto de trabajo. La empresa será la encargada de poner al alumno/a al corriente de estas normas.
- Sin autorización expresa de la empresa, no se puede hacer uso del teléfono móvil y acceder a Internet.
- Existe una normativa relativa a los datos que se utilizan en la empresa, por tanto, el alumno hará uso de los mismos en los términos que establece la Ley de Protección de Datos.
- En caso de que surja cualquier problema relacionado con las FCT, el tutor del centro educativo debe ser el primero en enterarse y, además, es al que le corresponde dar una solución.
- Las tutorías en el centro educativo programadas por el tutor son obligatorias y cuentan como horas de FCT.